Las 5 preguntas más comunes sobre el Autoconsumo Colectivo

En este artículo hemos recopilado una serie de preguntas sobre autoconsumo fotovoltaico colectivo y a las cuales les hemos dado respuesta. Esperamos resolver todas tus dudas, pero si todavía queda algo por resolver, no te lo pienses, escríbenos.

1. ¿Qué es el autoconsumo colectivo?

El autoconsumo colectivo consiste en que varios propietarios se beneficien (acordándolo previamente), de energía eléctrica que se origina en una instalación fotovoltaica que está cerca del punto de consumo, y que se asocia al mismo.

2. ¿Qué modalidades de autoconsumo compartido existen?

Aquellos que hagan uso de una instalación de autoconsumo compartido pueden pertenecer a cualquiera de las modalidades que se especifican en el Real Decreto 244/2019. Estas son:

1. Autoconsumo colectivo sin excedentes: un número de participantes se asocian para realizar una instalación de autoconsumo e incorporando un sistema antivertido que evite inyectar la energía sobrante a la red eléctrica.

2. Autoconsumo colectivo con excedentes no acogido a compensación: en esta modalidad, los excedentes energéticos se venden al mercado eléctrico. La titularidad de la instalación pertenece al productor, que será el que formalice la venta de los excedentes energéticos.

3. Autoconsumo colectivo con excedentes acogidos a compensación
: en este caso, los consumidores pueden recibir una compensación económica por los excedentes energéticos que inyecten a la red eléctrica. La comercializadora con la que cada usuario tenga contratado el suministro es la encargada de compensar el coste de la energía sobrante al final de cada periodo de facturación.

3. ¿Existen subvenciones para instalaciones fotovoltaicas en autoconsumo colectivo?

Hasta el 31 de diciembre de 2023 se pueden presentar solicitudes para las subvenciones actuales, correspondientes a los programas 4 y 5 del Real Decreto 477/2021, que gestiona cada Comunidad Autónoma.

Estas ayudas están destinadas a autoconsumo colectivo para comunidades de propietarios, a personas físicas y también al sector industrial.

Según el RD 477/2021 los proyectos que hayan declarado ser de autoconsumo colectivo o llevarse a cabo en un edificio plurifamiliar, deberán aportar justificación, presentando:

1. el acuerdo firmado por todos los participantes que recoja los criterios de reparto, o

2. el acuerdo de la comunidad de propietarios, o

3. la justificación de su inclusión en el registro administrativo de autoconsumo que indique este tipo de autoconsumo.

4. ¿Qué requisitos se deben cumplir?

Para poder compartir la energía solar con otros usuarios es necesario cumplir los siguientes requisitos:

1. Los autoconsumidores deben estar conectados al mismo centro de transformación y la distribución de energía debe ser en Baja Tensión.

2. Debe haber una distancia máxima de 500 metros entre la planta fotovoltaica y cada uno de los autoconsumidores.

3. La producción del sistema fotovoltaico y los autoconsumidores deben estar registrados en la misma referencia catastral (teniendo en cuenta los 14 primeros dígitos).

5. ¿Cuáles son los beneficios del autoconsumo colectivo?

1. Menos desembolso inicial por cliente.

2. Disminución de los años de amortización, por el aumento de ratio de autoconsumo.

3. Posibilidad para clientes que viven en bloques de pisos de participar en el autoconsumo fotovoltaico.

4. Energía limpia.



Además del ahorro económico del autoconsumo, estarás contribuyendo a disminuir la huella de carbono y luchar contra la emergencia climática junto con el resto de autoconsumidores.

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Conclusión

En conclusión, el Autoconsumo Solar Colectivo, es un tema de interés debido a la creciente tendencia de la implementación de instalaciones fotovoltaicas para este fin. Una vez tienes la información, tú también puedes beneficiarte de las ventajas que este brinda.

Además, siempre puedes crear un estudio de autoconsumo con Suntropy para estudiar el caso y analizar los datos del consumidor; ofreciendo la mejor propuesta comercial en un tiempo reducido. 

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