El funcionamiento del sistema de compensación de excedentes está ligado a la lectura del contador bidireccional de la instalación fotovoltaica; al que la comercializadora comprobará dicha lectura de forma mensual y aplicará un descuento en la factura de la luz en función del precio de los kilovatios de energía sobrantes que se hayan vertido a la red eléctrica.
Dicha compensación variará en función de si el contrato de suministro se haya fijado al mercado regulado o al mercado liberalizado; de esta forma:
En caso de que el usuario esté acogido al mercado regulado, el importe que recibirá por los excedentes será en función del precio al que esté la energía a la hora que haya vertido esa energía a la red, descontando el coste de los desvíos.
Es decir, si la energía se ha suministrado a las 8 de la tarde, el precio que recibirá por los excedentes será el precio al que estaba el kWh a esa hora.
Por otro lado, si el consumidor está acogido al mercado liberalizado, la compensación de la energía sobrante irá en función del precio de retribución establecido en el contrato del contrato. Por lo que, el precio que recibirá por kilovatio será el que haya acordado con la comercializadora.
También hay que tener en cuenta que el precio máximo que puede compensarse en la factura de la luz, está fijado por el importe de la energía comprada. Es decir, la comercializadora pagará como máximo, el importe de la energía comprada; no te pagarán más de lo que pagas a la comercializadora