Sistema de Compensación de Excedentes

sistema de compensación de excedentes

El sistema de compensación de excedentes del autoconsumo fotovoltaico se actualizó con el Real Decreto 244/2019 en España. Con esta actualización los usuarios que se acojan a este sistema de autoconsumo fotovoltaico, pueden verter sus sobrantes energéticos, producidos por sus placas solares, a la red eléctrica para reducir el precio de su factura de la luz.

Para poder acogerte a esta modalidad, debes seguir unos requisitos. Además el precio que te pagará la comercializadora por tus excedentes, dependerá de si el contrato de suministro está en el mercado libre o en el mercado regulado. Por otro lado, hay dos modalidades de compensación de excedentes a nivel mundial, el balance neto y compensación simplificada; aunque en España, a diferencia de otros países, no ha aprobado el caso del Balance Neto.

ÍNDICE:

  1. Precio de la Energía Excedentaria
  2. Diferencias entre la modalidad de Compensación Simplificada y el Balance Neto
  3. Requisitos para acogerte a la Compensación Simplificada

1. Precio de la Energía Excedentaria

El funcionamiento del sistema de compensación de excedentes está ligado a la lectura del contador bidireccional de la instalación fotovoltaica; al que la comercializadora comprobará dicha lectura de forma mensual y aplicará un descuento en la factura de la luz en función del precio de los kilovatios de energía sobrantes que se hayan vertido a la red eléctrica.

Dicha compensación variará en función de si el contrato de suministro se haya fijado al mercado regulado o al mercado liberalizado; de esta forma:

En caso de que el usuario esté acogido al mercado regulado, el importe que recibirá por los excedentes será en función del precio al que esté la energía a la hora que haya vertido esa energía a la red, descontando el coste de los desvíos.

Es decir, si la energía se ha suministrado a las 8 de la tarde, el precio que recibirá por los excedentes será el precio al que estaba el kWh a esa hora.

Por otro lado, si el consumidor está acogido al mercado liberalizado, la compensación de la energía sobrante irá en función del precio de retribución establecido en el contrato del contrato. Por lo que, el precio que recibirá por kilovatio será el que haya acordado con la comercializadora.

También hay que tener en cuenta que el precio máximo que puede compensarse en la factura de la luz, está fijado por el importe de la energía comprada. Es decir, la comercializadora pagará como máximo, el importe de la energía comprada; no te pagarán más de lo que pagas a la comercializadora

Fuente:  Selectra

2. Diferencias entre la modalidad de Compensación Simplificada y el Balance Neto

La Ley entrada en vigor en 2019, de la que hemos hablado, hace referencia a la modalidad de Compensación Simplificada. Por el momento, el Balance Neto no ha sido aprobado en España, a diferencia de otros países.

En cuanto a la Compensación Simplificada, en este caso el valor de la tarifa de energía consumida, es diferente al precio de los excedentes energéticos; es decir el precio del kWh es diferente. Además dentro de este caso, el precio variará en función del contrato de suministro está en el mercado de referencia, que es establecido por el estado, o en el mercado libre, que se fijará con la comercializadora en cuestión.

Por otro lado, el caso del Balance Neto, tal y como indica su propio nombre, se compensa la energía consumida con la producida en la instalación. De esta forma ambos agentes (consumidores y comercializadoras) se benefician. Es decir, si el consumidor no hace uso de toda la energía que ha producido su instalación, la comercializadora le pagará en función del precio por kWh fijado en la tarifa, y viceversa, si el consumidor necesita más energía de la que ha producido, pagará la energía consumida de la red eléctrica en función del precio establecido en la tarifa.

Fuente:  SomEnergia

3.Requisitos para acogerte a la Compensación Simplificada

Los usuarios que quieran optar por esta modalidad pueden tener una instalación fotovoltaica individual o colectiva; siguiendo estas condiciones:

-La fuente de energía primaria tiene que ser de origen renovable

-La potencia total de dicha instalación no debe superar los 100kW

-El consumidor se ha afiliado a un contrato de suministro con una comercializadora

-En caso de que el consumidor y el propietario de la instalación no sea él mismo, estos deben haber firmado un contrato de compensación de excedentes.

-Además el consumidor no puede beneficiarse económicamente debido a que no es una actividad retributiva.

Fuente:  Smart Spain

CONCLUSIÓN

El sistema de compensación de excedentes permite al usuario verter estos a la red y obtener una compensación por ellos en su factura. En Suntropy trabajamos con la optimización de la potencia pico en base a  la reducción de los excedentes en tus instalaciones de fotovoltaica, si quieres conocer cómo lo hacemos ¡Conócenos! 

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